Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1173/2016-S1
Fecha: 16-Nov-2016
II.4.
II.4. Por memorial de 29 de junio de 2016, Osman Arias Villarroel, Fiscal de Materia, en mérito al informe de 10 de junio de igual año, suscrito por el Asistente Legal José Arraya Ríos, en sentido que Jhonny Tapia Céspedes, nunca firmó el libro de control de firmas, solicitó la revocatoria de las medidas sustitutivas; señalándose al efecto audiencia para el día jueves 30 de igual mes y año (fs. 53 a 57).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado.
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1.De la acción de libertad
- III.2.2.La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 18