Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1175/2016-s2
Fecha: 07-Nov-2016
II.2.
II.2. Resolución de 17 de junio de 2014, por el que, la Jueza de Instrucción Penal Segunda del referido departamento, Iris Justiniano, resolvió el incidente planteado, declarando infundado la excepción de incompetencia y fundado la excepción de prejudicialidad, estableciendo la suspensión del proceso penal hasta que el procedimiento extrapenal en sede administrativa se reanude (fs. 106 a 109 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación, motivación y congruencia en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales o administrativas
- III.4.
- i)
- CONFIRMAR en todo