Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1175/2016-s2
Fecha: 07-Nov-2016
II.5.
II.5. Auto de Vista 68, por el cual, los Vocales Zenón Rodríguez Zeballos y William Torrez Tordoya de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declararon admisibles e improcedentes las apelaciones incidentales del Ministerio Público y Julio Gustavo Villarroel Saavedra interpuestas contra el Auto Interlocutorio pronunciado por la Jueza de Instrucción Penal Segunda del departamento de Santa Cruz (fs. 125 a128).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación, motivación y congruencia en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales o administrativas
- III.4.
- i)
- CONFIRMAR en todo