Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
II.1.
II.1. El Tribunal de Sentencia Penal Primero de Guayaramerín del departamento del Beni, mediante Sentencia 012/2007 de 20 de diciembre, declaró culpable y autor a Joaquín Antonio Iriarte Gastelú, por la comisión de los delitos de peculado, prevaricato e incumplimiento de deberes, condenándolo a sufrir la pena privativa de presidio de seis años, a cumplirse en la Cárcel de Varones “MOCOVI” de Trinidad (fs. 25 a 30 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Segundo Supuesto
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. En cuanto a la acción de libertad correctiva
- III.3. Facultades y atribuciones del J
- La ejecución de las sentencias condenatorias ejecutoriadas que impongan penas o medidas de seguridad y de los incidentes que se produzcan durante su ejecución’.
- razón por la cual se faculta al juez de ejecución penal la realización de cualquier medida que sea necesaria para cumplir los efectos de una sentencia que tiene la calidad de cosa juzgada (art. 430 del CPP),
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo