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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1208/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1208/2016-S3

    Fecha: 04-Nov-2016

    corpus traslativo o de pronto despacho

    Conforme la doctrina constitucional sentada por este Tribunal, por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad” (las negrillas y el subrayado nos corresponden).

    • acción de libertad
    • I.1. Contenido de la demanda
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • Respecto a esta última -la ahora acción de libertad traslativa o de pronto despacho-, el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0011/2014 de 3 de enero, se pronunció señalando que esta: ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos´
    • al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
    • corpus traslativo o de pronto despacho
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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