SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2016-S3

Fecha: 08-Nov-2016

III.2.  Análisis del caso concreto

En la problemática expuesta la hoy accionante sostuvo que el 4 de abril de 2016, por Memorando CITE: SCCB-RH-ME-080-16, le comunicaron que la Fundación ahora demandada decidió rescindir su contrato laboral por razones de restructuración, determinación que a decir de la nombrada se constituiría en una desvinculación arbitraria e injustificada, sin considerar que trabajó en dicha Fundación durante varios años (Conclusión II.3.), por lo que acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo Empleo y Previsión Social de Cochabamba, a objeto de solicitar su reincorporación, instancia que previo cumplimiento del procedimiento establecido en la normativa laboral, emitió la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 152/2016 de 24 de mayo, ordenando a la Fundación demandada, proceder a la reincorporación de la ahora accionante en el plazo de tres días al último cargo que estaba desempeñando (Conclusión II.4.), orden que fue incumplida conforme se tiene del informe evacuado por la Inspectora Departamental del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba (Conclusión II.5.).