SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1251/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1251/2016-S2

Fecha: 30-Nov-2016

Fragmento 22

La justicia comunitaria es una de las competencias que otorga identidad a las autonomías indígenas originaria campesinas (AIOC); en términos generales por JIOC debemos entender el conjunto de mecanismos comunales de resolución de conflictos. Según el informe técnico de Campo TCP/STyD/UD/034/2016, en la Jach’a Marka Tapakari Cóndor Apacheta, dicha justicia se encuentra vigente en sus treinta y cuatro comunidades que conforman los ayllus Tapakari y Cóndor Apacheta, administrada por sus autoridades originarias que son electas en sus comunidades a través de sus normas y procedimientos en cabildos donde surge un terna de postulantes que es elevada al jatun tantay (asamblea máxima) del ayllu, eligiéndose a las autoridades que son consagradas por parte del Sub Gobernador de la provincia Poopó. Su sistema jurídico contempla normas donde se establecen los procedimientos para tratar los asuntos de la comunidad, de los cuales surgen resoluciones, obligaciones y sanciones caracterizadas por su oralidad, dualidad, complementariedad, reciprocidad, qhapaq ñan (camino o vida noble), sumaq kawsay (vivir bien), ama qhilla, ama llulla ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso, no seas ladrón) kasaw (vida), y otros. De acuerdo con su cosmovisión, clasifican los problemas en pequeños y mayores, constituyendo los primeros los conflictos sobre la propiedad de terrenos, límites, traspaso de animales, peleas intra familiares, robos y otros que son sustanciados y resueltos por las autoridades IOC; las sanciones a imponerse comprenden trabajos comunales y reposición del daño en la misma especie y cantidad, mientras que los problemas mayores son remitidos a la justicia ordinaria en razón a su complejidad, como son las violaciones, asesinatos, lesiones graves y otros. Es preciso recalcar, que se incorporó un registro escrito de los temas que ventilan las autoridades comprendido por el libro de actas de cada gestión; aspectos que se encuentran plasmados en su Estatuto Orgánico.