SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1271/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1271/2016-S3

Fecha: 21-Nov-2016

II.3.

II.3.  Cursa Memorando LEG./2015 -de despido legal- de 30 de diciembre, emitido por el Gerente General de la empresa ahora demandada, a través del cual se determinó el despido del hoy accionante, sin derecho a indemnización ni desahucio, señalando en su parte resolutiva: “Por tanto, la Gerencia General de la empresa, a mérito de todos los antecedentes y fundamentos expuestos precedentemente, y conforme las facultades conferidas y sanciones previstas por el Articulo 78 del antes citado Reglamento, concordante con la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario, dispone aplicarle la sanción de DESPIDO LEGAL sin lugar a indemnización y desahucio, por haber incurrido en las causales de despido previstas por el Artículo 16 inciso e) de la Ley General del Trabajo, concordante con el Artículo 9 inciso. e) de su Decreto Reglamentario, y Artículo 69 inciso e) de las faltas gravísimas del Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa; a cumplir a partir de su comunicación con el presente memorándum”(sic [fs. 16 a 18]).