SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1314/2016-S3
Fecha: 24-Nov-2016
I.1. Contenido de la demanda
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, por la supuesta comisión del delito de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, en su condición de Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social -actual Juez de Partido y Sentencia Penal Primero de Montero del departamento de Santa Cruz-, se señaló audiencia de aplicación de medidas cautelares para el 22 de abril de 2016.
El 21 abril de 2016, presentó memorial acompañando fotocopias legalizadas con los que acreditó su compromiso jurisdiccional de sustanciar tres audiencias el 22 de abril en los horarios de 9:00, 9:30 y 17:30, con cargo de recepción a horas 09:50 de la referida fecha, programadas con anterioridad, por lo que no asistiría a la audiencia de medidas cautelares, y solicitó la suspensión de la misma; sin embargo, fue declarado rebelde, ordenándose se expida mandamiento de aprehensión en su contra.
Dicho memorial fue resuelto por el Juez demandado, señalando que: “En atención al memorial que antecede, ya se tiene suspendida la audiencia de 22 de abril de 2016 y su declaratoria de rebeldía ante la falta de justificación de inasistencia del ciudadano Lorenzo Salvatierra Algarañáz” (sic); también, rechazó su solicitud de levantar la declaratoria de rebeldía, pese a purgar la misma, procediendo a señalar nueva fecha y hora de audiencia de medidas cautelares para el 6 de mayo del señalado año, sin ningún fundamento legal, resolución judicial que adolece de sustento legal y de fundamentación.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad
- la emisión del mandamiento de aprehensión contra el declarado rebelde, catalizando la detención del imputado a efectos de asegurar la comparecencia del mismo al proceso, detención que tiene un carácter preventivo, provisional y no sancionatorio
- expidiendo mandamiento de aprehensión o ratificando el expedido
- Fragmento 12
- III.3. La solicitud de revocatoria de la resolución de rebeldía: recurso intraprocesal idóneo e inmediato como supuesto de subsidiariedad excepcional en acción de libertad
- No comparezca sin causa justificada a una citación
- Si justifica que no concurrió debido a un grave y legítimo impedimento, la rebeldía será revocada y no habrá lugar a la ejecución de la fianza
- Fragmento 16
- III.4.1. Respecto a la problemática planteada en el inc. i)
- III.4.2. En cuanto a la problemática planteada en el inc. ii)
- III.4.3. En relación a la problemática planteada en el inc. iii)
- REVOCAR