Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1351/2016-S3
Fecha: 30-Nov-2016
II.1.
II.1. Cursa memorial de 11 de agosto de 2016, presentado por Rafael Hernán Ferrufino Chávez en representación de Cesar Ramiro Andrade Gutiérrez, ante Nestor Julio Enriquez Quiroga, Juez Penal de Sustancias Controladas Liquidador y de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba -ahora demandado-, por el cual solicitó aplicación de medida cautelar de detención preventiva contra los hermanos Julio Cesar y Franz Alberto Gamboa Rojas -hoy accionantes-, toda vez que se pronunció Sentencia condenatoria contra los mismos por ser autores del delito de estelionato (fs. 53 a 54 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- DICHO BENEFICIO SOLO ES APLICABLE CUANDO LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA ADQUIERE LA CALIDAD DE COSA JUZGADA
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- a)
- Fragmento 9
- III.1.La solicitud de revocatoria de la resolución de rebeldía: recurso intraprocesal idóneo e inmediato como supuesto de subsidiariedad excepcional en acción de libertad
- Si justifica que no concurrió debido a un grave y legítimo impedimento, la rebeldía será revocada y no habrá lugar a la ejecución de la fianza
- Fragmento 12
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido.
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión
- Fragmento 15
- III.3.1. Respecto de la declaratoria de rebeldía
- Fragmento 17
- i)
- CONFIRMAR