Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1358/2016-S3
Fecha: 30-Nov-2016
II.3.
II.3. Mediante Auto 136 de 15 de abril de 2015, la autoridad ahora demandada ordenó se libre mandamiento de libertad respecto de la accionante, en base al documento presentado consistente en el Memorando de preaviso 51/2012 de 11 de junio, sosteniendo que el mismo no fue de su conocimiento a tiempo de la emisión del mandamiento de apremio (fs. 49 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- el peticionante deberá identificar un representante legal a los fines del correspondiente apremio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III.1. Idoneidad de los recursos ordinarios previos a la acción de libertad debe observarse en el caso concreto y no de manera teórica
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR