SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2016-S2

Fecha: 16-Dic-2016

III.1. Respecto al principio de celeridad y el derecho a un plazo razonable como componente de la garantía del debido proceso

A partir de la promulgación de la Constitución Política del Estado, Bolivia se constituye en un Estado Constitucional de Derecho, cuyos postulados se basan en la protección de los principios, valores y derechos consagrados en la Norma Suprema, teniendo el Estado el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos de acuerdo a lo previsto en los arts. 9.4 y 13.I de la CPE.