SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1272/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1272/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como emergencia de una demanda ordinaria sobre nulidad y anulabilidad de contrato interpuesta por Segundo Cortes Molina hoy difunto contra Agustín Tomás Cuellar Ibáñez, se declaró improbada la demanda pero probada la reconvencional interpuesta por el demandado relativa al mejor derecho de propiedad, reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, esto a través de Resolución 41 de 16 de abril de 2009, misma que fue apelada, siendo revocada parcialmente por los Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, solo en la única y exclusivamente “…en lo que declara probada la reinvidicación y deliberando en el fondo declara IMPROBADA la pretensión de reinvindicación del inmueble motivo de la compra venta cuya nulidad se demanda; y confirma (…) en todo lo demás. Sin costas” (sic), estas anomalías y el supuesto mal procedimiento aplicado por el Juez hoy demandado ocasionó que se haya librado un mandamiento de desapoderamiento totalmente ilegal, dando lugar a una petición que no se encuentra estipulada en esta clase de procesos de nulidad de escritura; por lo que, tal desapoderamiento de 5 de julio de 2016, sería totalmente ilegal y arbitrario, ya que vulneró y suprimió sus derechos y garantías constitucionales.