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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1272/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1272/2016-S1

    Fecha: 02-Dic-2016

    II.2.

    II.2.  Auto de 16 de junio de 2009, rechazando el recurso de apelación planteado por el demandante Segundo Cortez Molina, debido a que venció el plazo para poder apelar la Resolución impugnada; dado que, fue notificado el 21 de mayo del mismo año y presentó el referido recurso el 1 de junio de igual año (fs. 23).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 12
    • III.2.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.3.  La legitimación activa en la acción de amparo constitucional
    • Toda persona natural o jurídica cuyos derechos estén siendo restringidos, suprimidos o amenazados, de serlo, directamente u otra en su nombre con poder suficiente
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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