SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

II.8

II.8   En grado de apelación mediante Auto de Vista 46 de 12 de marzo de 2015, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia del departamento de Santa Cruz, compuesta por los Vocales demandados declararon admisible la apelación e improcedente la misma, con argumentos similares al del Auto apelado, añadiendo que no es lo mismo dejar sin efecto la rebeldía que anular la misma, si se anula significaría que nunca existió ni tuvo validez jurídica; en el caso, se dejó sin efecto, lo que significa que nació a la vida jurídica y tuvo sus efectos legales para suspender la prescripción. Solicitada la complementación y enmienda se emitió el Auto de 7 de mayo del mismo año rechazando dicha solicitud, habiendo sido notificado el accionante el 24 de junio de 2015 (fs. 687 a 689 vta.; 702; y, 705).