SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1305/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1305/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

II.1.

II.1.    En audiencia de consideración de medida cautelar de 16 de diciembre     de 2015, la ahora accionante a través de su abogado planteó entre otras cosas un incidente de actividad procesal defectuosa, cuestionando la no presentación oportuna del requerimiento conclusivo de la etapa preliminar, que generó dilaciones al debido proceso, por incumplimiento de los plazos procesales y de la conminatoria emitida por el Juez a quo, ajustándose así dicha determinación fiscal a la nulidad prevista en los arts. 167 y 169.3   del CPP, alegatos a pesar de los cuales, el Juez demandado rechazó lo impetrado, porque si bien el Fiscal de Materia asignado al caso no dictó la imputación dentro del tiempo establecido en los arts. 300 y 301 del citado cuerpo legal, ello no constituye un defecto absoluto, que permita disponer la nulidad del fallo cuestionado, más aún cuando el Juez a cargo del control de derechos y garantías constitucionales cumplió con su deber al conminar al Ministerio Público, además que la solicitante de tutela está legitimada para poder interponer las acciones legales que considere pertinentes en contra de la negligencia de la autoridad fiscal; decisión ante la que la imputada planteó recurso de apelación (fs. 8 a 12).