Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1314/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
II.2.
II.2. El 13 de mayo de 2016, la impetrante de tutela, mediante escrito dirigido a la misma autoridad descrita en la Conclusión precedente, reiteró la solicitud de ampliación de nivel para la Unidad Educativa de Convenio Evangélico Buenas Nuevas “D”, arguyendo no tener ninguna respuesta de procedencia o improcedencia a su petición de ampliación de nivel; por lo que solicitó se emita un pronunciamiento a través de una resolución motivada (fs. 44 a 45 vta.).
- Ruth Lafuente Morales
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Del derecho a la petición y sus elementos
- La respuesta en el fondo de la petición
- la respuesta para que sea eficaz tiene que comprender y resolver el fondo de lo pedido
- La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario
- Fragmento 15
- CONFIRMAR en parte