SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1356/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
II.3.
II.3. Mediante escrito presentado el 7 de agosto de 2012, Cristina Rojas de Montecinos, dentro del proceso coactivo civil fenecido que fue seguido en su contra y de Emilio Montecinos Mercado por el BCP S.A., interpuso incidente de nulidad de citación de la demanda por indefensión; agotado el plazo se emitió el Auto de 6 de marzo de 2013, que rechazó esta pretensión incoada; contra dicha decisión, el 5 de junio de 2013, se planteó recurso de apelación; con la contestación y el cumplimiento de las formalidades de rigor, el Tribunal de alzada, pronunció el Auto 29 de 15 de enero de 2014, que resolvió el recurso confirmando el Auto recurrido (fs. 229 a 231 vta., 275 a 277 vta., 316 a 320 vta., y 363 a 364).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función de los derechos fundamentales y su protección por medio de la acción de amparo constitucional en el Estado Plurinacional
- III.2. De la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR