Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1370/2016-S3
Fecha: 01-Dic-2016
II.1.
II.1. Cursa Imputación Formal presentada el 7 de octubre de 2016, por Paulina Lucia Fernández Patsi -autoridad ahora demandada- y Miguel Ángel Flores Orihuela -Fiscales de Materia- contra Soledad Meza Condori -ahora accionante- y otros, por la presunta comisión de los delitos de estafa con agravación en caso de victimas múltiples, estelionato y asociación delictuosa, ante el Juez de turno de Instrucción Penal Cautelar de la ciudad de El Alto del departamento de La Paz (fs. 13 a 21 vta.)
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad Jurisprudencia reiterada
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras Consideraciones
- CONFIRMAR
- 2°