SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1373/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1373/2016-S1

Fecha: 15-Dic-2016

Honra”

Ramiro José Guerrero Peñaranda, Fiscal General del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante informe escrito cursante de fs. 54 a 59 vta., manifestó que, se pasó al accionante el memorándum FGE/RART/AG 032/2016, en el marco de las atribuciones que le confieren los arts. 25, 27, 30 y disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), en atención al informe remitido por la Fiscal Departamental de Oruro, considerando que el mencionado no goza de inamovilidad; ante lo cual, si bien el indicado presentó objeción, ésta fue desestimada de conformidad a las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0392/2015-S3 y 1013/2016-S3, en las cuales de manera uniforme se establece que los funcionarios designados y los de libre nombramiento son provisorios, por cuanto pueden ser sujetos de libre remoción, más aún cuando no es de carrera o institucionalizado, al no acceder al cargo mediante una convocatoria, concurso de méritos y/o examen de competencias que le permita contar con estabilidad laboral, entendiendo que el accionante desde el inicio de la relación laboral conocía dichas condiciones, por lo que no se contravino con norma legal alguna, ni se provocó lesión de derechos, sino por el contrario todo lo obrado cuenta con sustento legal en la amplia jurisprudencia constitucional citada; mientras que se extraña la incorporación de términos ajenos a nuestro ordenamiento jurídico en la presente demanda como los son, “Honra”, “estado de Inocencia” (sic), al consignarse confusamente varios verbos rectores que confunden la presunción de inocencia como principio, derecho y garantía que del debido proceso, correspondiendo así denegar la tutela impetrada, condenando con el pago de costas.