Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1385/2016-S3
Fecha: 02-Dic-2016
CONFIRMAR
del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 60-16 de 23 de agosto de 2016, cursante de fs. 84 vta. a 86 vta., pronunciada por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Violencia Intrafamiliar Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de los fiscales de fundamentar y motivar las resoluciones que resuelvan una objeción de rechazo de denuncia
- De tal modo, al Fiscal le corresponde asumir diversas decisiones acerca del inicio, desarrollo y futuro de la investigación y, entre otros aspectos, resolver su continuación, decidir su suspensión u otras medidas que deben ser adoptadas en resoluciones que justifiquen y expliquen su razón de ser”
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR