SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1389/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1389/2016-S1

Fecha: 15-Dic-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante legal, considera lesionados sus derechos a la “seguridad jurídica”; al “principio de legalidad”; al debido proceso en su vertiente de tutela judicial efectiva; al acceso a la justicia pronta y oportuna; toda vez que, dentro del proceso civil que interpuso, se emitió y notificó a las partes con la Sentencia 38 de 21 de abril de 2014, que declara probada la demanda de cumplimiento de obligación, alcanzando ejecutoria dicho fallo; sin embargo, de manera posterior, en conocimiento de un incidente de nulidad interpuesto por el civilmente demandado, los Vocales demandados emitieron Auto de Vista 263/2014 de 13 de octubre, dejando sin efecto la notificación con la referida Sentencia y ordenando se realice una nueva en el domicilio procesal del demandado en el aludido proceso; fallo que transgrede la aplicación anticipada del Código Procesal Civil, dilatando la ejecución de la mencionada Sentencia por aplicación errónea de la normativa.