SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1395/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1395/2016-S1

Fecha: 15-Dic-2016

i)

El accionante denunció que las autoridades demandadas, lesionaron sus derechos al debido proceso, a la igualdad, a la tutela judicial efectiva y a la impugnación; dado que, mediante Auto Supremo 230/2016-RA declararon la inadmisibilidad del recurso de casación planteado por su parte, confirmando el Auto de Vista 83/2015, dejando en consecuencia sin efecto la Sentencia condenatoria dictada por el Juez A quo contra Mario Alberto Rivera Saenz por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, actuar con el cual, las Magistradas demandadas, se apartaron de los lineamientos jurisprudenciales al: i) No expresar de qué manera se debía cumplir con la comparación que se le cuestiona como omitida; ii) Omitir indicar cual la importancia de la requerida analogía de los casos y las normas; iii) No considerar que se planteó el recurso de casación ante las lesiones del debido proceso, por falta de fundamentación, motivación y congruencia, ante la existencia de defectos procesales absolutos, que se constituyen en insubsanables, por afectar el derecho a la defensa, frente a lo que, un supuesto incumplimiento de las formalidades, no debería impedir el análisis del recurso de casación en mérito a la flexibilización y al principio pro actione; iv) Omitir revisar de oficio lo planteado, conforme lo impone el art. 17.I de la LOJ, a pesar de la existencia de defectos absolutos; y,  v) Emitir un fallo contradictorio a otros casos similares.