Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1400/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve CONFIRMAR la Resolución 03/2016 de 21 de octubre, cursante de fs. 118 vta. a 122, pronunciada por la Jueza Pública en Materia Familiar Décima Quinta del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia: DENEGAR, la tutela impetrada con la aclaración de no haber ingresado al fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- III.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- no se constituyen en mecanismos o instancias de revisión casacional de la labor de los otros tribunales
- sino cuando se compruebe que esa labor interpretativa resultare insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda e ilógica o con error manifiesto, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas
- Precisar los derechos o garantías constitucionales que fueron lesionados
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR