SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1418/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1418/2016-S3

Fecha: 06-Dic-2016

III.2.   Análisis del caso concreto

La accionante, estima como vulnerados sus derechos a la libertad, al debido proceso, a los principios de seguridad jurídica y de legalidad; y, los derechos y garantías del hijo que lleva en su vientre; en razón a que, en audiencia de cesación de la detención preventiva efectuada el 17 de octubre de 2016, a efectos de desvirtuar riesgos procesales, presentó certificaciones en cuanto a su actividad laboral y a su estado gestacional que fueron desestimadas en acto procesal de 10 del citado mes y año, en el que se dispuso la medida extrema de detención preventiva; sin embargo, habiendo sido subsanadas y aclaradas las observaciones, en audiencia de 17 del igual mes y año, nuevamente se los considero insuficientes por el Juez -ahora demandado-, quien alegó que dichos documentos no eran idóneos para enervar los referidos riesgos, manteniendo latente los mismos.     

De la revisión de antecedentes, se tiene que en audiencia de cesación de la detención preventiva efectuada el 17 de octubre de 2016, se denegó la mencionada cesación, por lo que una vez concluida dicha audiencia, la accionante, interpuso recurso de apelación incidental contra tal determinación (Conclusión II.1.).

Al respecto, y conforme lo glosado en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se entiende que quien recurra a dos jurisdicciones denunciando lesiones a sus derechos, es decir, activación paralela tanto ordinaria como constitucional,  sobre una misma problemática, inviabiliza la acción tutelar, ya que al acudir de manera simultánea a ambas vías -ordinaria y constitucional-, podría generarse fallos contradictorios dando lugar a disfunción procesal y contrarias al ordenamiento jurídico.