SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1422/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1422/2016-S3

Fecha: 06-Dic-2016

I.1.1.Hechos que motivan la acción

Se encuentra privado de su libertad en el Recinto Penitenciario de “Morros Blancos” de Tarija, desde el 2 de septiembre de 2016, en merito a la Resolución del “Juez de Instrucción Penal Segundo” que dispuso su detención preventiva dentro del proceso penal en su contra por el presunto delito de robo agravado, causa signada con número IANUS 201604866, bajo la dirección funcional de Yaneth Rodríguez, Fiscal de Materia. Al arribar a un acuerdo conciliatorio con la víctima, ésta formuló desistimiento, a cuyo mérito, la Fiscal de Materia presentó requerimiento conclusivo de suspensión condicional del proceso, señalándose audiencia para el día 13 de octubre del 2016, misma que fue suspendida por existir error en el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) -en su segundo nombre y apellido-.

Posteriormente, al momento de ser trasladado al Recinto Penitenciario de “Morros Blancos” de Tarija, se acercó una persona vestida de civil alegando ser funcionario policial, con la finalidad de ejecutar una Resolución fiscal de aprehensión en su contra, expedida por la Fiscal de Materia ahora demandada dentro de otro proceso penal que data del mes de julio del 2016 que no fue investigado y recién cuando la presunta víctima se enteró que se arribó a un acuerdo económico dentro del proceso penal por el cual se encuentra privado de su libertad, decidió sindicarle directamente por la presunta comisión del delito de robo pretendiendo un resarcimiento pese a no haber participado en los hechos denunciados; razón por la cual, su defensa técnica el 14 de octubre de igual año, elaboró memoriales dirigidos a la Fiscal de Materia hoy demandada solicitando realice la investigación penal para corroborar que el día del robo ocurrido en Padcaya, concretamente el 22 de julio del citado año, se encontraba en la localidad de Monteagudo; sin embargo, vanos fueron dichos intentos para presentar los mismos al encontrarse la Fiscalía cerrada; informando los funcionarios policiales que la Fiscal de Materia ahora demandada se encontraría en el Valle de Concepción, lugar al que también se trasladó su abogada encontrándose con el mismo resultado.

Al ser evidente la imposibilidad de asumir defensa a fin de desvirtuar la atribución a su persona de un delito que pretende realizar la Fiscal de Materia ahora demandada, el 14 de octubre de 2016 puso esa anomalía a conocimiento del Fiscal Departamental de Tarija, sin tener respuesta alguna; razón por la cual acudió nuevamente a la Fiscal de Materia hoy demandada a fin de reiterarle su petición de diligencias de investigación, siendo recepcionado su memorial -luego de varios intentos- el 17 del referido mes y año, oportunidad en la cual también se solicitó copia del cuaderno de investigación para conocer los antecedentes que cursan en su contra, a fin de asumir defensa, petición que fue negada sin razón legal que justifique dicha negativa, colocándolo en absoluto estado de indefensión al desconocer las actuaciones que realizó la Fiscalía desde el mes de julio de 2016 y con las que se pretendía privarlo de su libertad, sin poder obtener elementos de prueba que obren a su favor y le permitan desvirtuar los hechos atribuidos, más aun cuando pretende privársele de su libertad y recién efectuar actos de investigación, cuando debió realizarse los mismos desde el citado mes y solo en función a ello ejercitar la facultad del art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP); incluso, el 18 de igual mes y año se presentó su esposa a la Fiscalía de Padcaya, a fin de consultar si su petición fue atendida; sin embargo, encontró dichas dependencia cerradas.

El 18 de octubre de 2016, se llevó a cabo la audiencia conclusiva dentro de la causa con número IANUS 201604866, otorgándole el “Juez de Instrucción Penal Segundo”, la suspensión condicional del proceso, disponiendo que en el día se libre mandamiento de libertad a su favor; terminada la audiencia fue interceptado por el funcionario policial asignado al caso, quien procedió a intimidarle, acosarle y hostigarle en los pasillos de ese Juzgado hasta el extremo de constituirse en el Recinto Penitenciario “Morros Blancos” de Tarija para proceder a su aprehensión una vez obtenga su libertad y trasladarlo.