SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1427/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1427/2016-S3

Fecha: 07-Dic-2016

1)

El accionante ratificó in extenso los términos expuestos en su demanda tutelar y los amplió manifestando que: 1) En el informe de la autoridad demandada se señaló que por la mala situación económica en la que se encuentran no corresponde la contratación de mayor personal y respalda su contestación en un informe elaborado por la Unidad de Recursos Humanos (RR.HH.), el cual es posterior a la desvinculación laboral, debiendo tener en cuenta en el presupuesto de la gestión 2016, que ante la suscripción de cinco contratos a plazo fijo en tareas propias y permanentes, correspondía que desde el tercero sea indefinido; y, 2) Si el empleador pretendía su desvinculación laboral debió basarse en el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT).