Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1468/2016-S3
Fecha: 09-Dic-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/2016 de 7 de octubre, cursante de fs. 434 a 454 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Vidal Rollano Vallejo contra Cristina Mamani Aguilar y Roger Gonzalo Triveño Herbas, Consejeros de la Sala Disciplinaria; y, Javier Renzo Montecinos Valda, Juez Disciplinario; Juan Percy Terrazas Copa y Yurizan Gabriela Zamora Fernández, Jueces Ciudadanos del Tribunal Disciplinario Segundo de la oficina departamental de Potosí, todos del Consejo de la Magistratura.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la congruencia de las resoluciones judiciales
- la autoridad competente para resolver el mismo está obligada de contestar y absolver cada una de las alegaciones presentadas y además de ello, debe existir una armonía lógico-jurídica entre la fundamentación y valoración efectuadas por el juzgador y la decisión que asume
- la congruencia abarca dos ámbitos, el primero referido a la unidad del proceso; es decir, la coherencia y vínculo que debe existir entre una resolución y otra dentro de un mismo proceso,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR