Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1479/2016-S3
Fecha: 13-Dic-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos a la vida, a la alimentación, a la salud, al acceso al agua, al debido proceso y a la defensa, citando al efecto los arts. 15.I, 16.I, 18.I, 20.I, 24.III, 115.II y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 3, 7, 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); 4 y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por lo cual el acceso al agua y alcantarillado constituyen derechos humanos, en esa dimensión
- estableció un principio de prohibición de privación arbitraria de este derecho, ya sea por particulares, comunidades o cooperativas, concediendo en varios casos tutelas constitucionales por vulneración de este derecho
- “El derecho al agua tiene una doble dimensión constitucional, tanto como un derecho individual fundamental como un derecho colectivo comunitario fundamentalísimo,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR