0SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
CONFIRMAR en parte
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 11/2014 de 15 de octubre, cursante de fs. 41 a 44, pronunciado por el Juez de Sentencia Penal de Riberalta del departamento del Beni; y, en consecuencia, CONCEDER totalmente la tutela solicitada, disponiendo que se remitan antecedentes ante el Consejo de la Magistratura, para la investigación de la conducta de las codemandadas Rosmery Morón Sanjinéz, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal y Mindy Fernanda Cruz Sejas, Secretaria del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal, ambas de Riberalta del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- c)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de Libertad de pronto despacho
- III.2.De la legitimación pasiva en la acción de libertad respecto al personal de apoyo judicial
- tendrán legitimación pasiva para ser demandados por esta vía, cuando sus actos u omisiones relacionados a sus deberes contribuyan o lesionen directamente derechos fundamentales de las personas, siendo así
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte