AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2016-RCA

Fecha: 22-Feb-2016

I.5. Síntesis de la impugnación

Refirió que, las notificaciones y cumplimiento de las formalidades de ley son atribuciones de los órganos encargados de la administración de justicia, y si bien la parte accionante debe proveer los gastos para la notificación no es responsabilidad propia de ésta; toda vez que, es una formalidad administrativa, y si bien es cierto que no se cumplieron con las formalidades para llevarse a cabo la audiencia, éstas no pueden anteponerse para que el Tribunal de garantías no trate el fondo de la acción, por el hecho de no haberse tramitado a tiempo las comisiones instruidas.