SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0026/2016
Fecha: 17-Feb-2016
a)
William Eduardo Fernández El Hage en representación de la Fiscalía Departamental Policial de La Paz, mediante memorial presentado el 14 de abril de 2015, cursante de fs. 252 a 255 vta., refirió lo siguiente: a) Producto de una investigación institucional se pudo establecer a través de audios y redes sociales, que el funcionario policial Daniel Gutiérrez Mamani -hoy accionante- estaba incitando a otros funcionarios de dicha Institución, a levantarse contra el gobierno; por lo que, en aplicación del art. 102 de la LRDPB, se emitió el requerimiento de inicio de investigación; b) El 7 de marzo de igual año, se presentó requerimiento de acusación por haber infringido los arts. 12.3, 8, 14 y 20 de la LRDPB; c) Conforme al art. 52 de la citada Ley, en los procesos disciplinarios sólo son admisibles las excepciones de prescripción de la acción y/o cosa juzgada y si existen otros incidentes previstos en diferentes instrumentos normativos, estos deben valerse en la vía ordinaria y no en la administrativa disciplinaria policial; y, d) Ocurre lo mismo con el art. 102 del referido cuerpo normativo, pues en el curso del proceso todos los requerimientos son emitidos de manera legal, respetando el debido proceso; los cuales, fueron notificados de forma personal al procesado.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- LAS NORMAS ESTABLECIDAS Y LAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES, SON CLARAS CUANDO NOS MENSIONAN DE. QUE LAS EXCEPCIONES Y PROCEDIMIENTOS SON PARA LOS PROCESOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS
- a)
- rechazó
- Fragmento 5
- 1)
- Artículo 102.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Control normativo de constitucionalidad. Naturaleza y alcance de la acción de inconstitucionalidad concreta
- en ese marco, la labor del Tribunal sólo se circunscribe al examen de las disposiciones alegadas de lesivas a las normas y preceptos de la Norma Suprema, con el fin de establecer su constitucionalidad o inconstitucionalidad, y de ninguna manera realizar análisis alguno respecto al caso en concreto
- las antinomias o las controversias normativas entre disposiciones legales con jerarquía inferior a la Constitución Política del Estado, corresponden ser dilucidados y armonizados ante las autoridades de la jurisdicción ordinaria o administrativa, según corresponda en cada caso concreto.
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- IMPROCEDENTE