SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0026/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0026/2016

Fecha: 17-Feb-2016

III.1. Control normativo de constitucionalidad. Naturaleza y alcance de la acción de inconstitucionalidad concreta

  Al respecto, la SCP 1245/2013 de 1 de agosto, refirió que: “…este Tribunal Constitucional Plurinacional ya ha expuesto el sistema plural de control de constitucionalidad y sus ámbitos de ejercicio en la SCP 0137/2013 de 5 de febrero; del cual, emerge la acción de inconstitucionalidad concreta, como la vía instrumentada a favor de los ciudadanos, para que exijan la vigencia de los principios de supremacía constitucional y de aplicación normativa de la norma fundamental del Estado.

'En única instancia, los asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de leyes, Estatutos Autonómicos, Cartas Orgánicas, decretos y todo género de ordenanzas y resoluciones no judiciales. Si la acción es de carácter abstracto, sólo podrán interponerla la Presidenta o Presidente de la República, Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, Legisladores, Legisladoras y máximas autoridades ejecutivas de las entidades territoriales autónomas'”.