SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016-s2

Fecha: 01-Feb-2016

a)

Los accionantes por intermedio de su abogado, ratificaron en su integridad el memorial de su demanda y ampliándola manifestaron que: a) Solicitaron la modificación de la fianza económica que les fue impuesta en la suma de        Bs50 000.- para cada uno, por la garantía real de un inmueble; empero, el 4 de septiembre de 2015, el Juez de la causa les rechazó su petición, señalándoles el cumplimiento previo de una serie de requisitos y a pesar de haber entregado el testimonio requerido aceptaron dicha observación; b) El 8 del señalado mes y año, reiteraron su solicitud de modificación de medida cautelar; sin embargo, la autoridad judicial ahora demandada, quien desde la indicada fecha se encontraba en suplencia legal del Juez titular, con una serie de actos les negó su petición, manifestándoles el 15 de del indicado mes y año, que existía un impedimento legal justificado para no emitir la resolución de cesación, contradiciendo al Juez de la causa que ya la señaló, argumentando que existía un recurso pendiente; c) La apelación planteada fue resuelta por Auto de Vista de 24 de septiembre de 2015, por la que confirmó la Resolución de cesación de la medida cautelar debido a que existía duda razonable a raíz del contrato minero que suscribieron; por lo que, solicitaron día y hora de audiencia de modificación, haciendo conocer además a la autoridad judicial demandada respecto a la situación de sus seis hijos menores de edad al encontrarse sus personas detenidas, la que recién les fue señalada al enterarse de que fue interpuesta la presente acción de libertad; y, d) Del informe presentado por la autoridad demandada se tiene que fue fijada audiencia para el “jueves”; por lo que, solicitan se les conceda la tutela, sin impetrar su libertad inmediata, sino que en el día se ordene que el Juez cautelar, señale fecha y hora de audiencia para el “lunes a horas 9:00”.