Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016-s2
Fecha: 01-Feb-2016
II.6.
II.6. El 25 de septiembre de 2015, resuelto el recurso de apelación incidental pendiente, los accionantes mediante memorial presentado ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, reiteraron se señale día y hora de audiencia de modificación de la fianza económica impuesta a sus personas por la garantía real de un inmueble; en cuyo mérito por decreto de 1 de octubre del indicado año (fecha de interposición de la presente acción tutelar), el Juez cautelar demandado, señaló audiencia para el 8 de octubre del indicado año a horas 11:30 (fs. 127 a 128).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La Acción de Libertad tiene por objeto garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo