SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2016-S2

Fecha: 12-Feb-2016

II.1.

II.1.    Néstor Alberto Tapia Muñoz, ahora accionante, inició el trámite para la Compensación de Cotizaciones, mismo que comenzó con la emisión del Certificado de Compensación de Cotizaciones mensual por Procedimiento Automático 2576 de 8 de abril de 2002, que calificaba una densidad de diecinueve años y cinco meses, con un monto de Bs1 255,48.- (mil doscientos cincuenta y cinco 48/100 bolivianos) rechazado por el afiliado ahora accionante con formulario de 26 de abril de ese mismo año; posteriormente, el 14 de mayo de 2004, renuncia al Procedimiento Automático y presenta los requisitos para iniciar el trámite por el Procedimiento Manual y se emite una certificación de Cuenta Individual con una densidad de seis años y cuatro meses, generando la Resolución 013859 de 21 de julio de 2005 (fs. 89 a 90).