Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2016-S2
Fecha: 15-Feb-2016
II.1
II.1. Medianate Certificación GAMQ/DAUQ CERT 154/13 de 18 de febrero de 2013, Erik Rojas Urquidi, Director de Urbanismo del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, certificó que con relación a la solicitud realizada por Harold Alexander Medrano Cueto, habiendo realizado la inspección del predio en cuestión, ubicado en la zona de Esquilan, la propiedad mencionada se encuentra “…Dentro del Radio Urbano de la ciudad Quillacollo” (fs. 1).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- aplicable a todo el ámbito público, incluidos los gobiernos municipales, contempla los recursos de impugnación contra las Resoluciones emitidas por la Administración Pública
- III.3. Análisis del caso en concreto
- REVOCAR en todo