SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2016-S2
Fecha: 15-Feb-2016
III.3. Análisis del caso concreto
En el presente caso, Martha Cristina Criales Zahana, Gonzalo Luis Prudencio Gozálvez y Angel Luis Vásquez Paredes en representación legal de YPFB CHACO S.A., alegan que las autoridades demandadas, incurrieron en vulneración del derecho de acceso a la justicia, al debido proceso, en sus garantías del derecho a la defensa, de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior, a la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales y el derecho a la congruencia de las mismas, debido a que dentro de un proceso administrativo, coactivo fiscal y tributario que siguió la Gerencia GRACO Santa Cruz del SIN contra la empresa hoy accionante por el cobro de una deuda tributaria establecida en la Resolución Determinativa 10/2002, proceso que concluyó con la emisión del Auto supremo 383, emitido por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Suprema de Justicia, disponiendo casar parcialmente el Auto de Vista impugnado y declarar probada en parte la demanda contenciosa tributaria, manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa 10/2002, consiguientemente modificaron la conducta tributaria de defraudación por evasión y ordenaron que la empresa YPFB CHACO S.A., cancele el total de los impuestos omitidos más los accesorios previstos por ley y la multa del 50% sobre ese monto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho del debido proceso, fundamentación y motivación de las resoluciones
- Fragmento 13
- III.2. Debido proceso y el principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo