SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2016-S2

Fecha: 15-Feb-2016

a)

Los abogados del accionante, ratificaron in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar, enfatizando que: a) La autoridades demandadas citan el art. 1505 del CC para fundamentar que la prescripción no operó porque se había reanudado su ejercicio, sin considerar que ya habían transcurrido más de cinco años, para ser exactos, pasaron seis años y medio de inactividad, y que en todo caso, el banco coactivante únicamente solicitó el desarchivo del expediente; y,   b) La demanda tutelar contiene la exposición necesaria que fundamenta la vulneración de los derechos y la inobservancia de los principios indicados.