SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

II.3.

II.3.    Del mismo modo, mediante memorándum DIR.SDA AGROP 106/2013 de 21 de octubre, el Director del SEDAG de Beni contrató los servicios de Paula Soussa Rodríguez como Secretaria de la Unidad Técnica de Desarrollo Pecuario (fs. 30). Posteriormente a través de los memorándums DIR.SEDAG-BENI 173/2014 de 1 de julio, se contrató nuevamente sus servicios de 1 de julio al 31 de agosto de 2014 y luego al 30 de septiembre de 2014 (fs. 32 y 33); seguidamente por memorándum DR.SEDAG-BENI 264/2014 de 1 de septiembre, se la contrató en el mismo cargo de 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2014 (fs.34); luego por memorándum DIR.SEDAG-BENI 035/2015 se la contrata de 2 de enero al 31 de marzo de 2015 en el mismo cargo (fs. 35); del mismo modo por memorándum DR.SEDAG-BENI 115/2015 contrataron sus servicios de 1 de abril al 30 de septiembre de 2015, también como Secretaria de la Unidad Pecuaria (fs. 31).