SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2016-S1

Fecha: 17-Feb-2016

a)

Los accionantes, a través de su abogado, ratificaron los términos de su demanda y ampliándola, refirieron que: a) SETAR es una empresa que vende un bien, como productor está regido por la Ley General del Trabajo, en un caso similar contra SETAR Bermejo, el Juez de origen denegó la tutela estableciendo que se trataba de contratos de consultoría, pero en grado de revisión se revocó tal decisión y concedió el amparo (ver la SCP 03231/2013); b) En cumplimiento a la Resolución de reincorporación, se debía haber firmado sus contratos, por el contrario pretenden demostrar que existen indemnizaciones pagadas para hacer ver que el tema está subsanado; sin embargo, las mismas se realizaron cuando los contratos se hallaban en vigencia y reconducidos; c) La conminatoria de reincorporación, aunque sea impugnada, debe ser cumplida de manera inmediata, así lo dispone la SCP 535/2012-S2 de 21 de mayo; y, d) El despido ilegal afectó su núcleo familiar, aspecto que se demuestra con la presentación de los certificados de nacimiento de sus hijos.