Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2016-S1
Fecha: 17-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
De los antecedentes que cursan en obrados se advierte que el conflicto jurídico venido en revisión, versa sobre la supuesta violación del derecho a la estabilidad o continuidad laboral y al trabajo, a causa de la extinción de un contrato de consultoría en línea, precedido de varios contratos de trabajo a plazo fijo, la Jefatura Departamental de Trabajo de Tarija del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió la respectivas conminatorias de reincorporación por considerar que se produjo la conversión de los contratos de trabajo a plazo fijo a uno a plazo indefinido demandando su cumplimiento a través de esta acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Respecto de la contratación de servicios de consultoría en línea conforme al Decreto Supremo 0181 de 28 de junio de 2009 de Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS)
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15