Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2016-S1
Fecha: 17-Feb-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución 35/2015 de 28 de octubre, cursante de fs. 85 a 89, pronunciada dentro la acción de libertad interpuesta por Karla Andrea Villanueva Calle y Juan Roberto Encinas Peláez contra José Luís Quiroga Flores, Octavio Apaza Elías y Genara Yolanda Pérez, Jueces Técnicos del Tribunal Tercero de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 12
- III.3. Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
- La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales; o, la presencia de indefensión absoluta
- III.4.
- REVOCAR