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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2016-S3

    Fecha: 12-Feb-2016

    I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    Los accionantes señalan como lesionados sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 22, 23, 24, 115, 116, 117, 118, 119, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 14.3 inc. c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió en parte
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • 'La resolución final se pronunciará en audiencia pública inmediatamente recibida la información de la autoridad o persona demandada y, a falta de ésta lo hará, sobre la base de prueba que ofrezca la persona accionante.
    • El tercer requisito de forma, está relacionado con la presentación de la prueba en que se funda la pretensión;
    • las pruebas que tenga en su poder
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 14
    • REVOCAR

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