SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

recurso sencillo y rápido

En ese mismo sentido, los tratados de derechos humanos que integran el bloque de constitucionalidad también hacen hincapié a la efectividad de la acción de libertad así: En el sistema interamericano de protección de Derechos Humanos el art. 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, establece que: “Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aún cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales” (las negrillas fueron añadidas) y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, cuyo art. XXV refiere que: “Todo individuo que haya sido privado de su libertad tiene derecho a que el juez verifique sin demora la legalidad de la medida y a ser juzgado sin dilación injustificada, o, de lo contrario, a ser puesto en libertad. Tiene derecho también a un tratamiento humano durante la privación de su libertad” (resaltado agregado).