SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2016-S1
Fecha: 18-Feb-2016
III.3. Análisis del caso concreto
Revisados los antecedentes se evidencia que dentro del proceso penal seguido contra Daniel Condori Huanca por la supuesta comisión del delito de robo, la autoridad demandada, por Resolución 42/2015 de 31 de julio, aplicó medidas sustitutivas, conforme se describe en Conclusiones II.1 de ésta Sentencia Constitucional Plurinacional; en cumplimiento de las mismas y adjuntando los respectivos informes el 28 de octubre de 2015, el ahora accionante solicitó se libre mandamiento de libertad, argumentando que hubiese cumplido con los requisitos exigidos en la Resolución ut supra; empero el Juez demandado, mediante proveído de 30 del referido mes y año, determinó, que si bien, existe un contrato privado de alquiler, a través del certificado de verificación se constató que el referido no habitaba en el domicilio, razón por la cual, no dictó el mandamiento de libertad reclamado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- i)
- Fragmento 9
- III.1.
- no es necesaria la interposición del recurso de apelación contra el fallo que emita dicha autoridad a fin de plantear esta acción de libertad,
- las mismas no refieren y por ende no alcanzan a las solicitudes de control jurisdiccional por vulneración o restricción a la libertad personal en la audiencia cautelar por ello no requieren su apelación previa al planteamiento de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- expresamente establecidos por dicho Código