Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que en audiencia de consideración de cesación de detención preventiva, el Tribunal de Sentencia Penal de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz, vulneró sus derechos fundamentales, debido a que pese a existir Resolución fundamentada (con un voto) dando curso a dicha cesación, suspendió la audiencia y convocó a un tercer Juez Técnico dirimidor, quien en una posterior audiencia emitió su voto pronunciándose en contra de su solicitud.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- CONCEDER LAS MEDIDAS SUSTITUTIVAS A LA DETENCIÓN PREVENTIVA
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- recurso de apelación aludido, dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, en el que el tribunal superior tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso.
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones: la Resolución del Juez de garantías
- 1º
- 2º