Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2016-S1
Fecha: 29-Feb-2016
II.14.
II.14. Cursa Auto de Vista de 17 de agosto de 2015, a través del cual los Vocales hoy demandados confirmaron la resolución apelada, considerando que el remate corresponde solo al 50% de su valor y que el 5% alcanza a Bs50 951.- (cincuenta mil novecientos cincuenta y un bolivianos) suma que fue dispuesta de acuerdo a los antecedentes y las disposiciones legales correspondientes (fs. 50 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Sobre la tutela judicial efectiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR