Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2016-S1
Fecha: 29-Feb-2016
II.4
II.4. A través de memorial presentado el 29 de enero de 2015, María Elena Vasco Morales solicitó suspensión de remate del inmueble ganancial donde ella tiene el 50% de derecho propietario, porque dicho aspecto no fue tomado en cuenta a momento de disponer el remate, como también que ella no firmó ningún documento de deuda sobre el mismo y consecuentemente se estaba afectando su derecho a la mitad del inmueble (fs. 19 a 21 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Sobre la tutela judicial efectiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR