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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2016-S3

    Fecha: 19-Feb-2016

    II.4.

    II.4. Mediante escritos presentados el 17 de septiembre y 12 de octubre, ambos de 2015, dirigidos al representante del Ministerio Público adscrito a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) y a la Jueza ahora demandada, respectivamente, el hoy accionante solicitó la extinción de la acción penal por conciliación (fs. 4 y 6).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
    • 1) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; 2) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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